
Control Interno
Uno de los objetivos más importantes para Empresas Públicas de Jericó es el cumplimiento de los requerimientos ante las entidades de control, por lo cual hoy cuenta con un ASESOR de CONTROL INTERNO que apoye el esquema organizacional de la empresa y defina una hoja de ruta donde las actividades tengan como fin generar indicadores de gestión, objetivos, evaluación, metodologías y planes que ayuden a mejorar la empresa desde la administración, el aprovechamiento de la información y los recursos cada uno sustentados en la normatividad, la sostenibilidad y el cumplimiento de principios inherentes a la empresa.
INFORMES Y SEGUIMIENTO DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO
Al rol de control interno le corresponde evaluar el proceso de planeación, en toda su extensión, entre otras cosas y con base en los resultados obtenidos en la aplicación de los indicadores definidos, un análisis objetivo de aquellas variables y/o factores que se consideren influyentes en los resultados logrados o en el desvío de los avances de conformidad con lo comprometido por la entidad y que se ajuste al cumplimiento normativo y al principio de planeación.
Auditorías Reglamentarias Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit. Aenean commodo ligula eget dolor. Aenean massa. Cum sociis natoque penatibus et magnis dis parturient montes, nascetur ridiculus mus.

Auditorías de Riesgos Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit. Aenean commodo ligula eget dolor. Aenean massa. Cum sociis natoque penatibus et magnis dis parturient montes, nascetur ridiculus mus.

Con la expedición de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.
la Directiva 014 del 30 de agosto de 2022 de la Procuradora General de la Nación, que establece el diligenciamiento de la INFORMACIÓN EN EL ÍNDICE DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA – ITA –, de conformidad con las disposiciones del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, en ese sentido el rol de control interno verifica el cumplimiento de las directivas emitidas por la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN.
El Seguimiento a los Planes de Acción Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit. Aenean commodo ligula eget dolor. Aenean massa. Cum sociis natoque penatibus et magnis dis parturient montes, nascetur ridiculus mus.

Los Actos Administrativos Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit. Aenean commodo ligula eget dolor. Aenean massa. Cum sociis natoque penatibus et magnis dis parturient montes, nascetur ridiculus mus.

Informes Ejecutivos para la Alta Dirección Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit. Aenean commodo ligula eget dolor. Aenean massa. Cum sociis natoque penatibus et magnis dis parturient montes, nascetur ridiculus mus.

De acuerdo a lo estipulado en el Decreto 2106 de 2019 “ (artículo 156), donde señala que el jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, deberá publicar cada seis (6) meses, en el sitio web de la entidad, un Informe de evaluación independiente del estado del Sistema de Control Interno, de acuerdo con los lineamientos que imparta el Departamento Administrativo de la Función Pública.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, el cual reza: “En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad… La Oficina de Control Interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular…”;
El artículo 73 del Estatuto Anticorrupción, dispone que el Mapa de Riesgos de Corrupción hace parte del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano; esta política es liderada por la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, cuyos lineamientos están desarrollados en el documento, “Guía para la Gestión del Riesgo de Corrupción”.
Con fundamento en lo señalado en la ley 87 de 1993, desde el rol de Control interno se presenta el seguimiento a la “verificación, recomendaciones y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derecho de autor que se aplican al software”, de acuerdo con lo establecido en el Plan anual de Auditorías, el Plan de Acción del año 2023 y en especial a la directriz impartida por el DNDA quien informa en su página web que solicita a las entidades u organismos del orden nacional y territorial , realizar la verificación del uso legal del software en cumplimiento a la dirección presidencial número 002 de 2002 y conforme al procedimiento determinado en la circular 17 de 2011.
Para dar cumplimiento al Decreto N° 1737 de 1998, los asesores de Control Interno presentan un análisis sobre la evolución de los gastos sometidos a la política de austeridad como son: administración de personal y contratación de servicios personales, publicidad y publicaciones y demás servicios administrativos. Este informe permite evidenciar la utilización de los recursos destinados por las empresas Publicas de Jericó.
De acuerdo a lo establecido en la ley 1474 de 2011, Artículo 76. Oficina de Quejas, Sugerencias y Reclamos, Reglamentado por el Decreto Nacional 2641 de 2012, en toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad. Teniendo en cuenta lo anterior la asesora de control interno con el fin de contribuir al mejoramiento continuo de Empresas Publicas de Jericó S.A E.S. P, debe vigilar el cumplimiento de las normas mencionadas y rendir ante la entidad un informe semestral sobre el particular; además de conformidad con el plan anual de auditorías y plan de acción, el rol de control interno debe efectuar de manera trimestral seguimiento a las PQRSD de la entidad
Es importante verificar el cumplimiento normativo respecto a la supervisión de los contratos de prestación de servicios, esto en aras de fortalecer los procesos y procedimiento que se llevan a cabo al interior de la entidad y en especial de constatar que se está dando observancia del artículo 83 de la Ley 1474.
El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG el cual busca fortalecer la medición del desempeño de la Administración Pública. Por consiguiente, se puede definir que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG en su versión actualizada mediante el Decreto 1499 de 2017 emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión Institucional y sus Entidades Adscritas y Vinculadas, en términos de calidad e integridad del servicio. Con este informe se Verifica el IDI de empresas públicas de Jericó y la implementación entonces de las 19 políticas de MIPG.

la auditoría interna es aplicable a las actividades que adelanta la Oficina de Control Interno, por lo cual adopta los principios y criterios básicos para el desarrollo de la función, establece el propósito de la actividad, su posición dentro de la organización, independencia, acceso a la información institucional, alcance del trabajo y responsabilidades asociadas, cumpliendo así con las Normas nacionales Internacionales de Auditoría y en línea con la nacionalidad de la entidad.
la Oficina de Control Interno en cumplimiento de su rol de relación con entes externos de control debe plantear labores de asesoría y acompañamiento puntuales a los procesos y sus líderes, de modo tal que la entidad pueda adelantar de una manera armónica este proceso y que se puedan obtener los resultados esperados en la evaluación que se adelanta, lo que implica que para los planes de mejoramiento la OCI debe establecer los mecanismos para su seguimiento y reporte al respectivo organismo de control.
Corresponde al examen específico de una determinada área, proceso o actividad que desarrolla el sujeto de control. Esta modalidad se aplica cuando se conoce la entidad o se requiere una evaluación especial de alguno de los aspectos señalados. Como ejemplo, tenemos las auditorias especiales a la Contratación, a los Estados Financieros, Recaudo e inversión

Es el proceso que bajo la responsabilidad del representante legal o máximo directivo de la entidad, así como de los responsables de las áreas financieras y contables, se adelanta en las entidades, con el fin de lograr la existencia y efectividad de los procedimientos de control y verificación de las actividades propias del proceso contable, de modo que garanticen razonablemente que la información financiera cumpla con las características fundamentales de relevancia y representación fiel de que trata el Régimen de Contabilidad Pública. (procedimiento para la auditoría de control interno, Contaduría General de la Nación)

Informes de Transparencia Control Interno 2022 – 2023